martes, 19 de octubre de 2010

MOCIÓN DE CUENTAS

Moción presentada hoy para su aprobación y debate en el pleno que se celebrará el martes día 26 de Octubre.
la han presentado los grupos CPC, PAR y PP




I.- Las Cuentas Generales del Ayuntamiento de Caspe vienen arrastrando una relación extrajudicial que en algunos momentos ha llegado a superar los 3.000.000 €, tal y como refleja la cuenta 555. Pagos Pendientes de Aplicación. Otros Deudores, en los ejercicios 2006 y 2007 y que hasta la fecha sigue sin estar aprobada por el órgano competente. Dicha relación extrajudicial se generó durante los años 2003 al 2006, en los que la Corporación presidida en aquellos años por la Sra. Mª Teresa Francín Piquer, gastó por encima de sus posibilidades más de 3.000.000 €, llegando a provocar una deuda con terceros de más de 2.270.000 € y conduciendo al Ayuntamiento a una situación al borde de la insolvencia financiera. Ante esta situación, el Ayuntamiento procedió a concertar una operación de crédito por importe de 2.120.000 € para poder hacer frente a la deuda con terceros y así poder pagar las más de 5.000 facturas que había pendientes. Crédito que tendremos que devolver en un plazo de seis años y que nos suponen unos intereses anuales de más de 70.000 €.


II.- En el ejercicio 2008 se generó una relación extrajudicial que ya se aprobó debidamente por el órgano competente en los Plenos celebrados con fecha 19 de junio y 30 de diciembre de 2009.

III.- En la Comisión Especial de Cuentas, en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2009, se acordó la remisión a Fiscalía del Tribunal de Cuentas de las Cuentas Generales presentadas para que a través de su función fiscalizadora, procediera a una delimitación de las posibles responsabilidades existentes.

IV.- En la siguiente Comisión de Cuentas celebrada con fecha 3 de marzo de 2010, se presentaron las Cuentas de los ejercicios 2006, 2007 y 2008, y fueron aprobadas y remitidas al Tribunal de Cuentas, que tal y como determina la Regla 103 ICN responsabiliza a los cuentadantes de la información contable que debe rendir en los plazos correspondientes. Si bien, aclara en el apartado 3, que esta responsabilidad de suministrar información veraz es independiente de la responsabilidad en la que incurran quienes adoptaron las resoluciones o realizaron los actos reflejados en dichas cuentas. La aprobación de dichas cuentas se llevó a cabo, porque así se debatió en dicha comisión, entendiéndose la remisión a Fiscalía ya efectuada como un expediente de exigencia de las responsabilidades que pudieron derivarse de las anomalías que se desprenden de las mismas.





PROPUESTA



1º.- Remitir al Tribunal de Cuentas las Cuentas Generales de los ejercicios 2006 y 2007 en las que aparece la relación extrajudicial de 3.000.000 € en la cuenta del Balance 555. Pagos Pendientes de Aplicación. Otros Deudores, para que a través de sus órganos de jurisdicción contable, delimiten las posibles responsabilidades e infracciones contables a que se refiere la Ley General Presupuestaria, ya sean o no hechos constitutivos de alcance.

2º.- Solicitar al Tribunal de Cuentas que una vez concluidas las actuaciones previas, y llevados a cabo los procedimientos oportunos, ya sea juicio de cuentas o procedimientos de reintegro por alcance, remita el expediente a Fiscalía a los efectos oportunos.